Garantías y política de llegada

Una vez realizada la reserva por parte del huésped , el mismo debe ser conocedor de la siguiente normativa :

1) La reserva es personal e intransferible a un tercero. Eso no quiere decir que el huésped no pueda venir con más personas, ni mucho menos. Significa que legalmente la empresa sólo puede hacer entrega de llaves al huésped firmante en el contrato de reserva ya que legalmente debe identificarlo en su llegada.

Si el huésped no se presenta en la llegada, la empresa no puede hacer entrega del alojamiento, por no poder identificar al huésped. Si en el periodo de 24 horas desde la fecha de inicio de la reserva el huésped no se presenta, la reserva quedará anulada, el huésped perderá el importe abonado hasta el momento y el alojamiento quedará nuevamente a disposición de la empresa para albergar nuevas reservas desde las 24 horas de no presentación del huésped. En este caso la empresa no podrá reclamar al huésped la parte de pago pendiente según contrato de reserva .

Si el huésped no podrá asistir a la entrega de llaves, identificación y toma de posesión del alojamiento podrá autorizar a un tercero con al menos 72 horas de antelación, bajo coste de 50€ (cincuenta euros) en concepto de gastos de gestión, administrativos y de modificación de reserva.

2) La reserva en el alojamiento concertado ha sido ponderada en precio en base al número de personas totales que van a estar en la misma. Si hay más huéspedes en el momento de la llegada o durante la estancia, el huésped deberá comunicarlo a la empresa con el fin de calcular el nuevo coste, por incremento de ocupantes, que nunca podrá ser superior al coste proporcional de personas que hay en la reserva original. En caso de negativa al pago, la empresa podrá negarse a dar entrada al huésped y podrá cancelar la reserva, sin reembolso alguno a favor del huésped. Asimismo si el número de personas que el huésped pretende incorporar al alojamiento supera a las plazas máximas concebidas en el alojamiento, la empresa podrá ofrecer otro alojamiento (bajo criterios de existencias y disponibilidad) al huésped para que puedan entrar todos los ocupantes. En este caso, si el precio del alojamiento ofrecido es mayor al contratado originalmente, el huésped deberá abonar el nuevo precio.

En cambio si la empresa detecta durante la estancia más personas de las concertadas en el alojamiento, podrá retener de la fianza la parte correspondiente a esta diferencia.

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